Índice
- ¿Qué es la solvencia técnica?
- ¿Qué es la solvencia económica?
- Acreditación de la Solvencia
- Requisitos para la acreditación de la solvencia
- Integración de solvencia con medios externos
- Definición y Diferencias
- Requisitos para la Acreditación de la Solvencia Financiera y Económica
- Requisitos para Acreditación de la Solvencia técnica
- Los Límites de la Integración de la Solvencia
- Legislación Relacionada
La solvencia en la contratación pública se refiere a la capacidad económica y financiera, técnica o profesional de un licitador para ejecutar y cumplir adecuadamente con las obligaciones derivadas de un contrato público, garantizando así la idoneidad y fiabilidad del mismo para llevar a cabo el objeto del contrato de manera eficiente y conforme a los requerimientos establecidos.
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La solvencia en la contratación pública es crucial porque asegura que los licitadores poseen los recursos y capacidades necesarios para cumplir con las obligaciones contractuales, minimizando riesgos de incumplimiento y garantizando la ejecución eficiente y efectiva de los proyectos públicos, lo que contribuye a la transparencia y confianza en la gestión de los recursos públicos.
¿Qué es la solvencia técnica?
La solvencia técnica se define como la capacidad de una entidad para ejecutar un contrato con competencia y eficiencia, respaldada por la experiencia, conocimientos especializados, recursos humanos cualificados y equipamiento adecuado necesarios para cumplir con las especificaciones y exigencias del proyecto.
¿Qué es la solvencia económica?
La solvencia económica se define como la capacidad financiera de una entidad para cumplir con sus obligaciones contractuales y de pago de manera puntual, demostrando suficiencia de recursos y estabilidad económica para soportar las responsabilidades derivadas de sus compromisos.
Acreditación de la Solvencia
A la hora de acreditar la solvencia necesaria en la celebración de un contrato, un empresario puede apoyarse en la solvencia y los recursos de otras entidades, sin importar la naturaleza jurídica de sus vínculos. Es esencial demostrar que dichos recursos estarán disponibles durante toda la ejecución del contrato y que la entidad de apoyo no esté impedida para contratar.
Asimismo, los empresarios agrupados en uniones temporales, según el artículo 69, pueden utilizar las capacidades de entidades externas bajo las mismas condiciones.
No obstante, en relación con los criterios de títulos de estudios y profesionales especificados en el artículo 90.1.e), o con la experiencia profesional pertinente, las empresas solo pueden recurrir a las capacidades de otras entidades si estas ejecutarán las obras o servicios necesarios.
En resumen, consiste en complementar con los recursos de otra empresa para que nuestra organización pueda cumplir con los criterios que veremos a continuación.
Requisitos para la acreditación de la solvencia
Cuando una empresa desee utilizar las capacidades de otras entidades, deberá demostrar al poder adjudicador que dispondrá de los recursos necesarios mediante la presentación de un compromiso por escrito de dichas entidades. Este compromiso será presentado por el licitador que haya ofrecido la mejor propuesta, conforme a lo estipulado en el artículo 145, tras el requerimiento correspondiente conforme al apartado 2 del artículo 150, y sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 140.
Se hará constar al momento de presentar el sobre administrativo cuando se presenta la oferta, ya que es un requisito previo de participación, una vez adjudicada queda anulada esta opción de integración de la solvencia con medios externos.
Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en relación con los criterios de solvencia económica y financiera, el poder adjudicador podrá exigir formas de responsabilidad conjunta entre la empresa y dichas entidades, incluso con carácter solidario, para la ejecución del contrato.
Integración de solvencia con medios externos
La solvencia económica y técnica son las que se van a requerir en el proceso de integración de la solvencia con medios externos, pero fundamental conocer estos aspectos importantes:
- No se puede integrar de medios externos la capacidad de obrar y la habilitación empresarial.
- La posibilidad de la integración de la solvencia con medios externos no es obligatorio que esté contemplada en los pliegos, la LCSP permite esta opción, por lo que es algo que siempre se va a poder utilizar. Por lo tanto, siempre que se participa en una licitación pública, se podrán integrar medios externos para complementar la solvencia económica y técnica con el fin de acceder a la licitación.
- La empresa que licita tiene que tenar algo de solvencia por sí misma, no puede tener cero solvencia y recurrir a la integración de la solvencia con medios externos.
Definición y Diferencias
Solvencia económica y técnica en la LCSP. | En el ámbito de la integración de la solvencia con medios externos, la Ley de Contratos del Sector Público permite que los licitadores puedan recurrir a la solvencia de otras entidades para acreditar su capacidad de cumplir con las obligaciones contractuales. Según lo estipulado en el Artículo 75 de la Ley, los licitadores pueden basarse en estos medios externos, siempre que demuestren que dispondrán de dichos recursos durante toda la ejecución del contrato, garantizando así una gestión eficaz y responsable de los proyectos adjudicados. |
Importancia de la Solvencia para las Empresas | La solvencia es crucial para las empresas en el ámbito de las licitaciones porque garantiza su capacidad para cumplir con las obligaciones contractuales de manera eficiente y puntual. Por tanto, la solvencia económica y la solvencia técnica aumentan la competitividad de la empresa en los procesos de licitación, además de reforzar la confianza de las entidades adjudicadoras responsables de los proyectos públicos. |
Requisitos para la Acreditación de la Solvencia Financiera y Económica
Para acreditar la solvencia económica y financiera conforme al Artículo 87 de la Ley de Contratos del Sector Público, una empresa debe cumplir con varios requisitos específicos que veremos a continuación:
- Se debe demostrar un volumen anual de negocios, ya sea en general o en el ámbito específico del contrato, correspondiente al mejor ejercicio de los tres últimos disponibles. Este volumen debe ser igual o superior al importe exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato, sin exceder una vez y media el valor estimado del contrato, salvo en casos justificados por riesgos especiales inherentes a la naturaleza del trabajo.
- Cuando sea pertinente, se requiere la presentación de un justificante de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales con un importe mínimo especificado en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato.
- La empresa debe acreditar un patrimonio neto o una ratio entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico, que sea igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato. Si se utiliza la ratio entre activo y pasivo, el poder adjudicador debe especificar en los pliegos los métodos y criterios para su valoración, asegurando que estos sean transparentes, objetivos y no discriminatorios.
Requisitos para Acreditación de la Solvencia técnica
Para acreditar la solvencia técnica y profesional conforme a los Artículos 88, 89 y 90 de la Ley de Contratos del Sector Público, una empresa debe cumplir con una serie de requisitos específicos:
- Demostrar experiencia en trabajos similares al del contrato en cuestión. Además, es necesario indicar el personal disponible para la ejecución del contrato, detallando su cualificación y experiencia.
- Proporcionar una descripción de sus instalaciones técnicas, las medidas implementadas para garantizar la calidad, y los medios de estudio e investigación empleados. Adicionalmente, debe demostrar que los controles necesarios han sido efectuados por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado.
- Presentar muestras, descripciones y fotografías de los productos que va a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante. Asimismo, deben aportarse certificados expedidos por institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad.
- Indicar los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluyendo aquellos que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, así como los sistemas de seguimiento que el empresario aplicará durante la ejecución del contrato.
Los Límites de la Integración de la Solvencia
Por último, veremos que la integración de la solvencia tiene varios límites y aspectos a tener en cuenta.
- Disposición efectiva de los recursos durante toda la duración del contrato.
- Integración está restringida por las prohibiciones de contratar aplicables a las entidades involucradas.
- Títulos de estudios y profesionales, así como a las certificaciones de calidad o ambientales, deben ser directamente relevantes para la ejecución del contrato.
- Trabajos deben ser ejecutados directamente por el adjudicatario, sin delegar en entidades externas.
- Para poder integrar la solvencia de otra entidad tiene que estar clasificada, no importa la clasificación, el subgrupo o la categoría, pero tiene que estar clasificada. Si cumple esto, sí podría integrar la solvencia con la clasificación de una empresa tercera.
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Legislación Relacionada
Introducción a la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
En relación con la solvencia, la Ley de Contratos del Sector Público especifica las condiciones que deben cumplir los licitadores en términos de capacidad económica, financiera, técnica y profesional, asegurando que solo aquellos que demuestren una adecuada solvencia puedan participar en los procesos de contratación.
Artículos en la LCSP que corresponden a la integración de solvencia con medios externos.
El Artículo 75 de la Ley de Contratos del Sector Público establece las condiciones bajo las cuales un empresario puede acreditar su solvencia mediante el uso de recursos y capacidades de entidades externas. Este artículo permite que los licitadores se apoyen en medios externos, independientemente de la naturaleza de sus vínculos legales, siempre que puedan demostrar la disponibilidad de dichos recursos durante la ejecución del contrato.
Asimismo, se detallan las obligaciones de presentación de compromisos escritos y las posibles responsabilidades conjuntas entre el licitador y las entidades externas. Además, se estipulan requisitos específicos para la ejecución directa de determinadas partes del contrato en función de su naturaleza.
En el Artículo 87 de la LCSP podemos encontrar sobre la Acreditación de la solvencia financiera y económica.
Acerca de la Acreditación de la solvencia técnica y profesional lo podemos encontrar en los Artículos 88, 89 y 90 de la LCSP.
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Iván Ballester
CEO en GESYLIC.
CONSULTORÍA INTEGRAL EN CONTRATACIÓN PÚBLICA
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