Prohibiciones para Contratar

En el ámbito de la contratación pública en España, las prohibiciones para contratar juegan un papel crucial para asegurar la transparencia y la integridad en los procesos de licitación. Estas prohibiciones están establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), y son detalladamente reguladas en sus artículos 71, 72 y 73. Es fundamental que las empresas y profesionales del sector conozcan estas disposiciones para poder participar de manera efectiva en las ofertas públicas.

Concepto y Regulación

Los procedimientos de adjudicación de contratos públicos son los pasos que se siguen para seleccionar a un contratista que ejecutará un contrato del sector público. Existen varios tipos de procedimientos, cada uno con sus propias reglas y requisitos.

Referencias Legales

  • Artículo 71 de la LCSP: Define los supuestos de prohibición de contratar.
  • Artículo 72 de la LCSP: Regula la apreciación de prohibiciones por los órganos de contratación.
  • Artículo 73 de la LCSP: Establece la competencia del Ministro de Hacienda y Función Pública en la determinación de prohibiciones.

Estas referencias son vitales para entender la aplicación de las prohibiciones y asegurar el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

El artículo 71 de la Icsp: Prohibiciones de Contratar

El artículo 71 de la LCSP enumera varios supuestos en los que una empresa o individuo no puede formalizar un contrato público. Entre estos se incluyen:

Motivo de ProhibiciónDescripción
Condenas por delitos gravesHaber sido condenado por delitos graves que afecten la moralidad y profesionalidad.
Infracciones gravesSanciones por faltas muy serias en materia laboral, medioambiental o profesional.
Situación de insolvenciaHaber solicitado un concurso voluntario o encontrarse en situación de insolvencia.
Deudas con la administraciónNo haber cumplido con las obligaciones de pago de impuestos o contribuciones a la Seguridad Social.
Estas prohibiciones buscan asegurar que solo las entidades que cumplen con las normativas y mantienen una conducta ética puedan participar en los procesos de contratación pública.

Autoridad que Impone la Prohibición

La LCSP establece dos formas principales de determinar las prohibiciones para contratar con el gobierno:

  1. Órganos de contratación: En algunos casos, los mismos órganos de contratación pueden apreciar y establecer el alcance y la duración de las prohibiciones en sus resoluciones.
  2. Ministro de Hacienda y Función Pública: Para otros supuestos, la decisión recae en el Ministro de Hacienda y Función Pública, quien actúa previa propuesta de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

Prohibiciones Determinadas por el Ministro de Hacienda y Función Pública

Para otros casos más complejos o de mayor impacto, la decisión sobre la prohibición de contratar es competencia del Ministro de Hacienda y Función Pública. Esta decisión se toma siguiendo un procedimiento formal y basándose en la recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

Sujetos a los que se Aplica

La prohibición de contratar con las Administraciones Públicas afecta a diversos sujetos, tal como se detalla en el artículo 71 de la LCSP:

  • Personas físicas: Individuos que hayan incurrido en las causas de prohibición.
  • Personas jurídicas penalmente responsables: Empresas o entidades que han sido encontradas penalmente responsables.
  • Administradores o representantes de personas jurídicas: Mientras estén en funciones, estos individuos también pueden estar sujetos a prohibición si la empresa a la que representan incurre en los supuestos.
  • Otros casos previstos en la ley: Incluye diversas situaciones adicionales especificadas en la LCSP.

Es esencial comprender que el alcance y la duración de la prohibición pueden variar según la resolución que las declare. En algunos casos, estas prohibiciones pueden extenderse al sector público territorial.

Efectos y Duración de las Prohibiciones

Las prohibiciones de contratar entran en vigor una vez que la resolución que las decreta es firme y está registrada. A partir de entonces, las restricciones se aplican de manera inmediata.

El alcance y la duración de las prohibiciones son establecidos en la resolución correspondiente. Dependiendo del caso, estas prohibiciones pueden aplicarse también a niveles territoriales, afectando a regiones y municipios según lo indicado en la LCSP.

Conclusión

En España, la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público regula detalladamente las prohibiciones para contratar con la administración. Estas normas son esenciales para garantizar que solo las empresas y personas que cumplen con altos estándares legales y éticos puedan participar en los procesos de licitación pública.

Las prohibiciones enumeradas en el artículo 71 de la LCSP sirven para proteger la transparencia y la integridad en la contratación pública, asegurando que el sector público solo colabore con entidades responsables y confiables. Estas normas son aplicadas y vigiladas por diversos órganos, incluyendo los órganos de contratación y el Ministerio de Hacienda y Función Pública, y se extienden tanto a nivel nacional como regional.

Comprender y cumplir con estas disposiciones es fundamental para cualquier entidad que desee participar en la contratación pública en España. La diferenciación clara entre los roles y responsabilidades de los diversos actores en este proceso asegura que los principios de transparencia, igualdad y eficiencia sean respetados, fortaleciendo la confianza en el sistema de contratación pública del país.

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